Afiliaciones

¿Quién puede afiliarse?

Pueden afiliarse y ser beneficiarios de nuestra Obra Social, según la Ley 23.660-art 9, el trabajador en relación de dependencia y su grupo familiar primario, los Monotributistas, sus adherentes y el personal del servicio doméstico con su respectivo grupo familiar primario.

¿ A quienes se considera dentro de la categoría de grupo familiar primario?:
• El cónyuge y/o concubino/a del afiliado titular debidamente acreditado.
• Hijo/as solteros hasta los 21 años, no emancipados por edad o actividad profesional.
• Hijo/as solteros, mayores de 21 años y hasta los 25 inclusive, que estén a exclusivo cargo del titular, y que cursen estudios regulares, reconocidos por la autoridad pertinente.
• Hijos/as incapacitados a cargo del afiliado titular, sin límite de edad.
• Hijos/as del cónyuge o concubino/a.
• Los menores cuya guarda y tutela haya sido acordada por autoridad judicial.

¿Cómo realizar el trámite de afiliación?
• Completar el FORMULARIO DE DECLARACION JURADA on line
• Conseguir toda la documentación solicitada dependiendo de cuál sea tu tipo de beneficiario y subirla a esta página.
• Cualquier duda podrás efectuar la consultar vía correo electrónico a afiliaciones@ospical.org.ar
• Una vez realizado y aprobado el trámite, podrás generar la credencial virtual para el titular y su grupo familiar.

→ Beneficiarios en relación de dependencia
→ Beneficiarios monotributistas
→ Beneficiarios del personal del servicio doméstico (Ley 26.063)
→ Beneficiarios por opción de cambio


Beneficiarios en relación de dependencia

Son los trabajadores que prestan servicios en relación de dependencia, con su aporte personal y las contribuciones del empleador exigidas por ley.
El beneficiario tiene derecho a incluir a su grupo familiar primario.

REQUISITOS
El beneficiario en relación de dependencia podrá afiliarse a la obra social y mantendrá su condición en tanto y en cuanto se mantenga el contrato de trabajo, mientras el trabajador reciba la remuneración del empleador y en los siguientes casos:
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO: Si el beneficiario hubiera trabajado en forma continuada durante más de 3 (tres) meses mantiene su calidad de beneficiario durante un período de 3 (tres) meses contados desde su distracto, sin obligación de efectuar aportes. Si es voluntad del trabajador gestionar el seguro de desempleo mantendrá, entre otros beneficios, la calidad de afiliado a la obra social durante el lapso que perciba dicho seguro.
INTERRUPCIÓN DE TRABAJO POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD INCULPABLE: El trabajador mantiene su calidad de beneficiario durante el plazo de conservación del empleo sin percepción de remuneración, sin obligación de efectuar aportes.
SUSPENSIÓN DEL TRABAJADOR SIN GOCE DE REMUNERACIÓN: Mantiene su carácter de beneficiario durante un período de 3 (tres) meses sin efectuar aportes.

DOCUMENTACION REQUERIDA
PARA LA INCORPORACIÓN DEL TITULAR
• DNI (frente y dorso).
• Último recibo de sueldo.
• Formulario de alta temprana.
• CODEM de Anses
• Formulario de declaración jurada completo, firmado por el trabajador
PARA LA INCORPORACIÓN DE FAMILIARES
CÓNYUGE
• Certificado de matrimonio.
• DNI del cónyuge (frente y dorso).
• CODEM de Anses en el cual se encuentre incluido.
CONCUBINO/A
• DNI del concubino/a (frente y dorso).
• Información sumaria.
• CODEM de Anses en el cual se encuentre incluido.
HIJO/A MENORES DE 21 AÑOS
• Certificado de nacimiento.
• DNI del hijo/a (frente y dorso).
• Si son discapacitados deberán adjuntar certificado de discapacidad con fecha vigente.
• CODEM de Anses en el cual se encuentre incluido/a.
HIJO/A DE CONCUBINO/A O CÓNYUGE
• DNI del menor (frente y dorso).
• Certificado de nacimiento.
• Información sumaria.
• Certificación de CODEM negativo del padre o madre biológicos, expedida por la ANSES.
• CODEM de Anses en el cual se encuentre incluido/a.
MENORES BAJO GUARDA O TUTELA
• Documentación que acredite la identidad del menor y el vínculo.
• Información sumaria.
• Certificado de nacimiento.
• CODEM de Anses en el cual se encuentre incluido/a.
HIJOS MAYORES DE 21 AÑOS
• Si son discapacitados, continúan con la prestación siempre y cuando esté vigente el CUD.
• Si cursan estudios universitarios o terciarios en establecimientos reconocidos oficialmente deben presentar certificación de estudios regulares al inicio de cada año lectivo.
• La afiliación se otorga hasta los 25 (veinticinco) años inclusive.
VIGENCIA: 6 meses.
RENOVACIÓN: Certificado de estudio actualizado y último recibo de sueldo.

Beneficiarios monotributistas

SE INCLUYEN EN ESTE GRUPO A:
• Monotributista
• Monotributista Independiente Promovido
• Monotributista Social: Es aquella persona que realiza una única actividad productiva y se encuentra en situación de vulnerabilidad social.
• Monotributista Social del Programa Ingreso Social con Trabajo: Cuenta con el beneficio de que el 100% del componente obra social es aportado por el Ministerio de Desarrollo Social. Esto aplica también para el grupo familiar.
• Monotributista Social para la Agricultura Familiar: Cuenta con el beneficio de que el Ministerio de Desarrollo Social aporta el 50% del componente Obra Social y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca abona el 50% restante. En estos dos casos, aplica también para el grupo familiar. De esta manera, el beneficiario y su familia tendrán acceso a la cobertura médica establecida para los monotributistas. Dado que al beneficiario no le corresponde abonar un aporte personal para acceder a la cobertura de salud, la obra social no podrá requerir en este caso un comprobante de pago.
Son beneficiarios del Sistema en base a un aporte personal fijo destinado al seguro de salud. Para recibir prestaciones debe estar al día con el pago del tributo establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Ante la falta de pago la obra social estará facultada para suspender el servicio. Si se adeudan 3 cuotas consecutivas o 5 alternadas la obra social puede desafiliar al beneficiario y a su grupo familiar primario (*).
Todos los monotributistas tienen garantizado el acceso progresivo a la cobertura de salud desde el inicio de su actividad (Decreto N° 1/2010).

REQUISITOS
El beneficiario monotributista titular, al momento de acreditarse ante la (AFIP), puede elegir libremente una de las obras sociales dispuestas en la nómina de la Superintendencia de Servicios de Salud, a excepción del PAMI y las obras sociales que se encuentren en crisis.

Ninguna obra social puede rechazar la afiliación.
Deberá completar la misma realizando el trámite de alta en la obra social elegida.

REQUISITOS PARA LA INCORPORACIÓN DE FAMILIARES A LA OBRA SOCIAL
• La incorporación de los integrantes del grupo familiar primario es voluntaria, acreditando la relación de parentesco.
• Sólo se puede incorporar al grupo familiar primario.
• Por cada uno de ellos debe abonarse el importe correspondiente. Una vez incorporados, el pago es obligatorio. (Res. 2538/2009 AFIP).
• Los familiares pueden incorporarse en cualquier momento y acceden en forma progresiva a la cobertura del Programa Médico Obligatorio. (Decreto 01/2010).
La obra social puede:
• Requerir el comprobante de pago (Decreto 01/2010).
• Suspender el servicio en caso de falta de pago.
• Dar de baja al monotributista y su grupo familiar primario ante la falta de pago de 3 cuotas consecutivas o 5 alternadas.

DOCUMENTACION REQUERIDA
PARA LA INCORPORACIÓN DEL TITULAR
• último comprobante de pago
• DNI (frente y dorso).
• formulario 184 F completo, de la (AFIP).
• en el caso de ser Monotributista Social se presentará el formulario 152 completo, de la AFIP, y carátula de efector social.
• formulario de declaración jurada completo firmado por el titular.
PARA LA INCORPORACIÓN DE FAMILIARES
Sólo se incorporarán aquellos familiares que se encuentren incluidos en el formulario 184 F
CÓNYUGE
• Certificado de matrimonio.
• DNI del cónyuge (frente y dorso).
CONCUBINO/A
• DNI del concubino/a (frente y dorso).
• Información sumaria.
HIJO/A MENORES DE 21 AÑOS
• Certificado de nacimiento.
• DNI del hijo/a (frente y dorso).
• Si son discapacitados deberán adjuntar certificado de discapacidad con fecha vigente.
HIJO/A DE CONCUBINO/A O CÓNYUGE
• DNI del menor (frente y dorso).
• Certificado de nacimiento.
• Información sumaria.
• Certificación de CODEM negativo del padre o madre biológicos, expedida por la ANSES.
HIJOS MAYORES DE 21 AÑOS
• Si son discapacitados, continúan con la prestación siempre y cuando esté vigente el CUD.
• Si cursan estudios universitarios o terciarios en establecimientos reconocidos oficialmente deben presentar certificación de estudios regulares al inicio de cada año lectivo.
• La afiliación se otorga hasta los 25 (veinticinco) años inclusive.
VIGENCIA: 6 meses
RENOVACIÓN: Certificado de estudio actualizado y último recibo de sueldo.

Beneficiarios del personal del servicio doméstico (Ley 26.063)

Son los ciudadanos/as que prestan servicios dentro de la vida doméstica y que no importen lucro o beneficio económico para el dador de trabajo.
La incorporación de los integrantes del grupo familiar primario es voluntaria y por cada uno de ellos debe abonarse el importe correspondiente. Una vez incorporados, el pago es obligatorio.

REQUISITOS
El beneficiario del personal del servicio doméstico podrá afiliarse a la obra social y mantendrá su calidad de tal en tanto y en cuanto el dador de trabajo del personal del servicio doméstico ingrese mensualmente los importes establecidos de acuerdo a la normativa vigente de la AFIP. (Resolución 3035/2011 AFIP).

¿Cómo se abona por Adherente o Diferencia de aporte del titular?
Pago Adherente: Formulario 575 de AFIP, impuesto 947 concepto 894, subconcepto 894.
Pago diferencia de aporte del titular: Formulario 575 de AFIP, impuesto 947 concepto 895, subconcepto 895.

REQUISITOS PARA LA INCORPORACIÓN DE FAMILIARES A LA OBRA SOCIAL
• La incorporación de los integrantes del grupo familiar primario es voluntaria, acreditando la relación de parentesco.
• Sólo se puede incorporar al grupo familiar primario.
• Por cada uno de ellos debe abonarse el importe correspondiente. Una vez incorporados, el pago es obligatorio. (Res. 3035/2011 AFIP).

DOCUMENTACION REQUERIDA
PARA LA INCORPORACIÓN DEL TITULAR
• último comprobante de pago.
• DNI (frente y dorso).
• Formulario 102 de AFIP.
• Ultimo ticket de pago como Servicio doméstico del F102 de AFIP.
• formulario de declaración jurada completo firmado por el titular.
PARA LA INCORPORACIÓN DE FAMILIARES
CÓNYUGE
• Certificado de matrimonio.
• DNI del cónyuge (frente y dorso).
• CODEM de Anses en el cual se encuentre incluido.
• Ticket de pago por adherente declarado (Formulario 575)
CONCUBINO/A
• DNI del concubino/a (frente y dorso).
• Información sumaria.
• CODEM de Anses en el cual se encuentre incluido.
• Ticket de pago por adherente declarado (Formulario 575)
HIJO/A MENORES DE 21 AÑOS
• Certificado de nacimiento.
• DNI del hijo/a (frente y dorso).
• Si son discapacitados deberán adjuntar certificado de discapacidad con fecha vigente.
• CODEM de Anses en el cual se encuentre incluido/a.
• Ticket de pago por adherente declarado (Formulario 575)
HIJO/A DE CONCUBINO/A O CÓNYUGE
• DNI del menor (frente y dorso).
• Certificado de nacimiento.
• Información sumaria.
• Certificación de CODEM negativo del padre o madre biológicos, expedida por la ANSES.
• CODEM de Anses en el cual se encuentre incluido/a.
• Ticket de pago por adherente declarado (Formulario 575).
HIJOS MAYORES DE 21 AÑOS
• Si son discapacitados, continúan con la prestación siempre y cuando esté vigente el CUD
• Si cursan estudios universitarios o terciarios en establecimientos reconocidos oficialmente deben presentar certificación de estudios regulares al inicio de cada año lectivo.
• La afiliación se otorga hasta los 25 (veinticinco) años inclusive.
• Ticket de pago por adherente declarado (Formulario 575).
VIGENCIA:
6 meses.
RENOVACIÓN:
Certificado de estudio actualizado y último recibo de sueldo.

Traspasos

Ahora la *Opción de Cambio o Traspaso* (Res. 1216/2020 SSSalud) la gestionás vos directamente en, “MI SSSALUD”. El trámite es personal, sin intermediarios, sin necesidad de trasladarte. Simple, ágil y transparente.

Requisitos: tener clave fiscal nivel 3 o superior.

Ingresando a la Web de la Superintendencia de Servicios de Salud:
https://www.argentina.gob.ar/sssalud/usuarios-0

Una vez que obtengas la confirmación de la Opción de Cambio o Traspaso por parte de la SSSalud podes afiliarte a nuestra Obra Social.

Si sos empleado en relación de dependencia, la opción entrará en vigencia en el mes siguiente al mes en el cual la efectuaste.

Si sos monotributista o empleado del servicio doméstico, la opción entrará en vigencia el primer día del tercer mes siguiente al mes en el cual la efectuaste.

DOCUMENTACION REQUERIDA
Las personas que se incorporen a la obra social como consecuencia de haber efectuado una “Opción de Cambio o Traspaso” (Res. 1216/2020 SSSalud) deberán presentar además de toda la documentación requerida según su tipo de actividad (Relación de dependencia, Monotributista o Empleado del Servicio doméstico) la Constancia de Opción de Cambio de la Superintendencia de Servicios de Salud.

Contacto

Obra Social del Personal de la Industria del Calzado de la República Argentina

Teléfono de Urgencias

C.A.B.A. Y Gran Bs. As.

5777 5555
0810 333 9955

Interior

0810 999 0911

Teléfono para consultas cartilla

0800 999 1397

Email de consultas

consulta@ospical.org.ar

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